1971. El “Kupia Kumi”

    El “Kupia Kumi”
    When:
    March 28, 2024 all-day America/Los Angeles Timezone
    2024-03-28T00:00:00-06:00
    2024-03-29T00:00:00-06:00

    28 de Marzo de 1971.

    El “Kupia kumi”, pacto entre Anastasio Somoza Debayle y el líder conservador Fernando Agüero, suscrito el 28 de marzo de 1971, se originó igualmente en un contexto de protestas populares y reprodujo el modelo de repartición de cargos entre liberales y conservadores, estableciendo una relación de sesenta por ciento (para la mayoría) y cuarenta por ciento (para la minoría) en el Congreso, sin importar los resultados electorales.

    Además, el acuerdo especificó que el partido del segundo lugar tendría dos representantes en las juntas directivas de los entes autónomos, junta nacional y juntas locales de asistencia y cuerpos colegiados del Estado. Igualmente, habría un asesor del partido de la minoría en cada empresa estatal, la fiscalía y otras direcciones estatales.

    La Corte Suprema de Justicia quedó integrada por cuatro magistrados del partido de la mayoría y tres magistrados del partido de la minoría. Este acuerdo político abrió las puertas para la composición de una junta de gobierno libero-conservadora conocida como Triunvirato (dos liberales y un conservador), previo a las elecciones presidenciales del primero de septiembre de 1974, en las que a pesar de un abstencionismo superior al cincuenta por ciento, Somoza Debayle, el segundo de la dinastía, resultó “electo” presidente de la República.

    Este Pacto permitió:

    * La amnistía “absoluta” de todo delito político y conexo, pues según se dijo, “conviene echar un velo al pasado”.

    * La convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente que adoptó una nueva Constitución Política y reorganizó los poderes públicos.

    * Realizar comicios con la participación exclusiva del PC y del PLN. Según el acuerdo, el partido que obtuviera mayor número de votos ganaría la presidencia de la República, así como escaños para todos sus candidatos a la Asamblea Nacional Constituyente. El partido de minoría obtendría 17 curules parlamentarios con sus respectivos suplentes.

    * Designar a los jueces electorales del Consejo Nacional de Elecciones por decisión de las juntas nacionales y legales de cada partido. Igualmente, integrar la Corte Suprema de Justicia con tres magistrados propietarios y suplentes del partido de la mayoría; y un suplente del partido de la minoría. En las Cortes de Apelaciones se reflejaría una correlación de fuerzas similar, con la consecuente politización de las instituciones públicas.

     

    REFERENCIAS:

    1. Partido Conservador (Nicaragua) – (Wikipedia)

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