31 de Mayo de 1893.
Pacto de Sabana Grande.
Las tropas del presidente Sacasa han venido perdiendo el control; el comandante de armas de Granada lo desertó; y con la mediación del Ministro (embajador) Lewis Baker de los Estados Unidos en Nicaragua, se firmó un acuerdo de paz entre los delegados del gobierno y los delegados revolucionarios, conocido como «el pacto de Sabana Grande».
El documento dice en su parte medular:
Art. 1 – El señor Presidente de la República, doctor Roberto Sacasa, depositará el poder en el Senador don Salvador Machado (conservador, leonés) a las 12 del día del 1ro de junio del corriente [1893].
Art 2 Habrá tres ministros designados por la Junta de Gobierno Revolucionaria y otro por el presidente Machado, que se instalarán el 2 de junio.
Art 3 El Presidente y los Ministros harán la distribución de las carteras.
Art. 4 Tanto el Presidente como los Ministros serán inamovibles hasta que se organice el país por una constituyente que se convocará dentro de cuatro meses de la fecha del presente convenio. Ni el Presidente ni los Ministros podrán ser relectos.
Art. 5 – El desarme de ambos bandos se hará gradualmente por el Gobierno.
Art. 6 Habrá olvido recíproco y garantías amplias e incondicionales para todos.
Etcétera
(Firman): Lewis Baker; Modesto Barrios; José Francisco Aguilar; H. Saballos; F. álvarez; Asunción Paz Rivas; Octaviano César; José Fco. Medina, Secretario Honorario. Masaya 1ro de junio de 1893. La Junta de Gobierno, encontrando el anterior ajustado a las instrucciones dadas, lo ratifica en todas sus partes. Eduardo Montiel Joaquín Zavala José Santos Zelaya
REFERENCIAS:
- La Revolución Liberal de José Santos Zelaya – Biblioteca Virtual Enrique Bolaños Geyer
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